Por Raul Briceño
“U.S. Citizenship and ImmigrationServices” (USCIS) tiene un programa que permite autorizar a un estudiante con Visa F-1 a trabajar fuera del campus universitario, si logra evidenciar que está pasando por dificultades económicas mientras cursa su programa académico, siempre y cuando se den varias condiciones.
Los estudiantes para obtener la visa F-1 han debido demostrar a las autoridades americanas la capacidad de pagar los costos de sus estudios y los gastos de vida y bajo ningún respecto han debido ingresar pensando trabajar durante sus estudios.
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Sin embargo, las autoridades de inmigración podrían autorizar estudiantes que se viesen afectados por hechos imprevistos bajo las siguientes condiciones:
Si el estudiante sufriera una severa dificultad económica por cambios en su situación financiera, tales como fluctuaciones de la tasa de cambio de su país de origen; aumentos desproporcionado de los gastos de estudio, de vida y médicosy otras situaciones imprevistas.
- Debe haber estado con Visa F-1 por lo menos un año académico
- Debe tener un buen nivel académico
- Debe evidenciar que las oportunidades de trabajo en el campus universitario no están disponibles o son insuficientes para satisfacer sus necesidades financieras.
- La autorización de empleo es otorgada por USCIS en períodos de un año.
- La autorización le permite trabajar con cualquier empleador hasta por 20 horas por semana mientras esté registrado en clases a tiempo completo.También le permite trabajar más de 20 horas por semana durante las vacaciones.
Es importante destacar que este empleo no afecta la posibilidad de llevar a cabo el Entrenamiento Práctico Opcional (OPT) al concluir su carrera.
Esta autorización caduca si el estudiante se gradúa, no mantiene el estatus o se transfiere a otra universidad.
Si usted estuviese atravesando dificultades financieras, le sugerimos acudir a la oficina de su consejero y conversar con el sobre su problemática y analizar las opciones disponibles. Recuerde que ellos están para asesorarlos y buscar opciones aplicables, dentro de las normas legales.
Fuente: Edición 33 Aldea Magazine