Luego de días de celebración por la Aprobación del TPS para los Venezolanos quienes ya estaban en los Estados Unidos antes del 8 de Marzo, es hora de aclarar algunos puntos:
El Asilo, si bien es cierto le da el derecho a aplicar al permiso de trabajo y al respectivo numero de seguro social, el asilo NO es un estatus legal así ya tenga esos documentos. En cambio, como bien su nombre lo indica el TPS (Protección de ESTATUS Temporal). Debido a esto es que se recomienda a todo aquel venezolano sin distinción de edad, con un Asilo pendiente que se registre (Form I-821) para solicitar el TPS.
Por favor tome en cuenta que el periodo de registro para el TPS es de 180 días. De no hacerlo en este periodo de tiempo, no podrá re-registrarse en el futuro. En otras palabras: es Ahora o Nunca.
Por: Liliana M. Cadavid
cortesia de Exodo USA, LLC.
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