La aplicación al TPS (Form I-821) no constituye automáticamente la solicitud del Permiso de Trabajo. Para ello, necesita llenar y anexar al expediente la Planilla I-765 si es que no tiene permiso de trabajo ya vigente.  Esta es otra buena noticia para aquellos que tienen el permiso de trabajo basado en un Asilo Pendiente.  Si usted tiene un Permiso de Trabajo no necesita solicitar uno nuevo ni cancelar el que ya tiene. Asegúrese de incluir en su aplicación al TPS la evidencia del permiso de trabajo vigente así como el recibo del Asilo. Si tiene evidencias que sustentan el punto en cuestión, utilícelas.

Por:  Liliana M. Cadavid
cortesía de Exodo USA, LLC.
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