Esta semana el Departamento de Seguridad Nacional (DHS, por sus siglas en inglés) publicó una aclaratoria acerca del concepto de Residente para efectos Inmigratorios. Esta aclaratoria se debe a distintos conceptos de Residente entre el Servicio de Inmigración y el Departamento de Estado los cuales se prestan a confusión. Este memorándum del 28 de Agosto del presente año aclara que las visitas temporales a los Estados Unidos bien con Visa de Turista o sistema ESTA no establecen residencia en este país. También explica la diferencia entre residencia y presencia física en los Estados Unidos.
El Servicio de Ciudadanía e Inmigración (USCIS por sus siglas en inglés) establece en esta aclaratoria que si una persona trabaja para el gobierno prestando servicio militar o es miembro de las fuerzas armadas y vive en el exterior, sus hijos menores de edad que viven con usted no son considerados como viviendo dentro del país para efectos de adquirir la ciudadanía. Es decir, sus hijos menores no estarían acumulando presencia física.
La definición de residencia es aquel lugar donde la persona tiene sus intereses reales. Cuánto mas tiempo una persona permanece en un lugar, es mas probable que esa persona establezca su residencia en el mismo. Ahora bien, el término residencia no debe confundirse con presencia física el cual se refiere al tiempo actual que una persona pasa en los Estados Unidos indistintamente si esa persona tiene o no residencia en el país.
En el caso de aquellos que tienen Visa de Estudiante, este memorándum cobra importancia porque atender a una escuela, colegio o universidad por un período extenso puede considerarse residencia en los Estados Unidos.
Es importante tomar en cuenta estos aspectos especialmente si desea aplicar a la Residencia y o a la Ciudadanía americana, por favor aclaren este punto con el Abogado de su elección y con su Contador.
Liliana M. Cadavid.
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