Ya está disponible la página web para registrar las propiedades de ciudadanos de países como Venezuela, que sin contar con un estatus legal en los Estados Unidos poseían propiedades en Florida al momento de entrar en vigor dicha Ley.
En esos casos, la Ley SB 264, vigente en el Estado de Florida desde mediados de año, estableció la obligatoriedad de un registro a ser realizado antes del 31 de diciembre de 2023.
Recordemos que dicha ley establece limitaciones a organizaciones gubernamentales, ciudadanos y personas jurídicas poseídas mayoritariamente por personas de China, Venezuela, Cuba, Rusia, Irán, Corea del Norte y Siria, a adquirir nuevas propiedades en Florida dentro de ciertas características y localidades. Y además obliga al mencionado registro.
Pueden leer el texto completo de la ley en este enlace.
Pueden leer el mensaje del Gobernador Di Santis en este enlace.
El registro de la propiedad se hace en esta página web.
Lo primero es ubicar la propiedad con la dirección exacta en este enlace
Si tuvieses dudas, este video puede ayudarte a comprender el procedimiento
Y puedes acceder a preguntas frecuentes en este enlace
La falta de registro conlleva sanciones importantes, evítalas.
Si tienes propiedades en otros estados, averigua porque aparentemente algunos ya han acogido normas similares.
Les recomendamos consultar a su abogado y contador sobre este importante tema.